Recordatorio de vencimiento – Tax Holiday (enero 2026)
Fecha de publicación:
16 de Enero 2026 - 16:00 hs
Los contribuyentes con residencia fiscal en Uruguay anterior al 01/01/2020 que optaron por extender el régimen de “Tax Holiday” de 6 a 10 años deben acreditar anualmente ante la DGI el cumplimiento de las condiciones exigidas.
¿Qué debe acreditarse?
Presencia efectiva en Uruguay:
Haber permanecido 60 días o más en el país durante el año civil, mediante solicitud de los movimientos migratorios a la Dirección Nacional de Migración.
Inversión inmobiliaria:
Inmueble adquirido con posterioridad al 22/01/2021, con costo fiscal actualizado superior a UI 3.500.000. Se adjuntará un certificado notarial en el que conste dicha información, identificando número de padrón, unidad, departamento y localidad, y que el inmueble permanece en su patrimonio al 31/12 de cada año.
¿Plazos para la acreditación?
El plazo es hasta el 31 de enero del año siguiente. Por lo cual desde el 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de enero de 2026 se deberá de acreditar el cumplimiento de las causales para el año 2025.
Estamos a las órdenes para asesorarlos y asistirlos en la presentación ante DGI.
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