Trabajo doméstico: entran en vigencia las nuevas categorías laborales y salarios mínimos
Recientemente el Banco de Previsión Social (en adelante, “BPS”) publicó un comunicado en su sitio web recordando la entrada en vigencia de las nuevas categorías y salarios mínimos aplicables al sector doméstico.
Como informáramos en nuestro Newsletter de diciembre de 2025 titulado "Servicio Doméstico: Nueva clasificación de categorías, ajustes salariales y beneficios", el acuerdo alcanzado en la onceava ronda de los Consejos de Salarios correspondiente al Grupo 21 creó una nueva estructura de categorías laborales para el sector del servicio doméstico. En aquella oportunidad, la entrada en vigencia de las nuevas categorías estaba supeditada a la adecuación de los sistemas del BPS. Cumplido ese proceso, las nuevas categorías entrarán efectivamente en vigor a partir del 1.º de julio de 2026.
Las tres nuevas categorías
Recordamos brevemente que la nueva estructura contempla tres categorías, definidas según la tarea que ocupe más del 50% de la jornada laboral más una hora adicional:
Categoría General: comprende las tareas habituales de limpieza, mantenimiento del hogar, lavado, planchado, mandados, atención de espacios exteriores y cuidado de mascotas, así como los casos en que las tareas de cocina o cuidados no superen el 50% de la jornada. Su salario mínimo se encuentra pendiente de determinación, sujeto al correctivo intermedio previsto en el acuerdo.
Categoría Cocina: abarca a quienes realizan de forma principal y habitual la elaboración de alimentos, manipulación de ingredientes y planificación de menús. No incluye actividades puntuales como servir comidas, recalentar alimentos o limpiar utensilios. Salario mínimo mensual: $ 32.875.
Categoría Cuidados: incluye a quienes realizan principalmente el cuidado directo de niñas, niños, adolescentes, personas mayores o personas con dependencia, abarcando supervisión, acompañamiento, higiene y alimentación. Salario mínimo mensual: $ 33.935.
Aspectos a tener en cuenta
En el caso de trabajadores jornaleros, la evaluación de la tarea principal debe realizarse considerando el conjunto de jornales del mes.
Por otro lado, el acuerdo indica expresamente que las categorías Cocina y Cuidados “podrán realizar tareas correspondientes a tareas de menor remuneración”.
Es importante destacar que la implementación de las nuevas categorías no tendrá efectos retroactivos ni generará reclamaciones por períodos anteriores a su entrada en vigencia; los nuevos salarios mínimos rigen únicamente hacia el futuro.
Recomendaciones para empleadores
Ante la inminente entrada en vigencia, recomendamos a los empleadores verificar la categoría aplicable a cada trabajador conforme a las tareas efectivamente desempeñadas, actualizar la remuneración mínima correspondiente y monitorear las comunicaciones oficiales para asegurar una transición ordenada.