Rotate
Rota tu dispositivo

Para tener una mejor experiencia de navegación

Ampliación de beneficios impositivos para nuevos residentes fiscales - Proyecto de Ley

Fecha de publicación:
17 de Junio 2020 - 18:46 hs

En el marco de la política de promoción de inversiones y generación de empleo en el país, el Poder Ejecutivo ha remitido al parlamento un Proyecto de Ley donde se amplían los beneficios fiscales para aquellas personas físicas que se conviertan en residentes fiscales en Uruguay.

Situación actual

La normativa vigente prevé que una persona física que adquiera la calidad de residente fiscal uruguayo pueda optar por no tributar el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los rendimientos de capital mobiliario originados en el exterior (por ejemplo, intereses y dividendos) por el ejercicio fiscal en que configuran la residencia fiscal en nuestro país y durante los 5 (cinco) ejercicios siguientes.

Modificaciones que introduce el Proyecto de Ley

El Proyecto de Ley refuerza este beneficio existente dándole la posibilidad a aquellas personas físicas que adquieran la calidad de residentes fiscales a partir del ejercicio 2020, de optar por tributar de algunas de las siguientes formas:

  1. No tributar el IRPF por los rendimientos de capital mobiliario del exterior por el ejercicio en que se verifica el cambio de residencia fiscal y durante los 10 (diez) años siguientes.

  2. Tributar el IRPF por los rendimientos de capital mobiliario del exterior desde el ejercicio en que se adquiere la residencia fiscal, y en forma indefinida, a la tasa del 7%. Cabe recordar que la tasa general del IRPF para este tipo de rendimientos es del 12%.

Asimismo, el Proyecto de Ley prevé que aquellas personas físicas que adquirieron su calidad de residentes fiscales con anterioridad al 2020 y realizaron la opción de no tributar IRPF, puedan ampararse a este nuevo régimen. En caso de optar por los 10 (diez) años se deben deducir los ejercicios por los cuales ya se hizo uso de la opción.

Otras noticias de interés
01
33