Rotate
Rota tu dispositivo

Para tener una mejor experiencia de navegación

Informe Especial: Las pautas o lineamientos del Poder Ejecutivo de cara a la Octava Ronda de los Consejos de Salarios en 8 puntos

Fecha de publicación:
05 de Junio 2020 - 21:23 hs

   

1. ¿Qué son estas pautas o lineamientos?Constituyen la manifestación de voluntad del Estado (en general principalmente de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y del Ministerio de Economía y Finanzas) expresando su concepción del curso que debería tomar la negociación colectiva entre los actores sociales correspondiente a determinado período, actuando en un rol de dirección de la política salarial como parte de la política económica oficial. Recordemos además que el Estado según la normativa vigente es una de las tres patas de la negociación salarial por lo que es esperable que los negociadores oficiales sigan estas pautas. Finalmente tener presente que en caso de no existir resolución del Consejo de Salarios, el Poder Ejecutivo dictará los respectivos ajustes salariales conforme lo indican las disposiciones que se aplican sobre este aspecto y es esperable que lo haga dentro de estos lineamientos.

2. ¿Dónde se presentaron las pautas?En el día de hoy se realizó la presentación de las pautas del Poder Ejecutivo en una reunión a la que fue convocado el Consejo Superior Tripartito, órgano de gobernanza del sistema de relaciones laborales en nuestro país, integrado por  6 delegados del Poder Ejecutivo, 6 delegados de las organizaciones más representativas de empleadores y 6 delegados de las organizaciones más representativas de trabajadores.

3. Particularidad de la Octava Ronda: convenios ya vencidos y a vencer en medio de una crisis sanitaria y económica sin precedentesLa gran particularidad de esta Octava Ronda de negociación que se inicia se manifiesta en al menos tres aspectos. Por un lado, coincide con una época de importante incertidumbre económica debido a la pandemia del COVID 19 que afecta a la economía nacional, regional y global. Por otro lado, debido a los cronogramas de vencimientos de los acuerdos alcanzados en la Séptima Ronda que comenzaron a vencer en abril (Construcción) y vencen en el próximo mes de julio, es una ronda de amplia extensión. Finalmente es la primera ronda de negociación con el nuevo gobierno de coalición liderado por el Presidente Luis Lacalle Pou.

   

4. A modo de introducción de la propuesta presentada por el Poder EjecutivoAl presentar las pautas se puso énfasis en el contexto inesperado que estamos viviendo, en que estamos ante una caída de la producción en este 2020 que aparece como la peor desde la crisis de 1929 y que existe una gran incertidumbre macroeconómica. En lo que refiere a la economía nacional se anunció que se prevé una caída de 3% del PBI con una especial afectación en los rubros de restaurantes, hoteles, venta de autos, combustibles, entre otros.

 

5. ¿Qué va a pasar con los correctivos finales de la Séptima Ronda?Se recuerda que debido a la coyuntura inflacionaria actual a fines de este mes de junio las empresas deberán otorgar aumentos salariales por la inflación pasada conforme se acordó en la ronda salarial anterior. Ese correctivo final por inflación se estima que será del 1 al 5 por ciento dependiendo del sector de actividad, cerca del 70 % de los sectores de actividad que fueron calificados como medios en la ronda anterior tendrán un correctivo por inflación de 3,5 por ciento.

 

6. ¿Qué características tendría entonces la Octava Ronda?Con el objetivo de simplificar la negociación salarial y atender al empleo se propone una especie de ronda puente de 1 año que para la mayoría de los sectores iría desde el 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021.  Se afirmó que esta fórmula es el resultado de conversaciones con los actores sociales por el contexto de incertidumbre y por el efecto negativo actual en el que es difícil negociar a largo plazo, contexto que se espera se comience a revertir gradualmente.

 

7. ¿Cuáles son los ajustes salariales propuestos y en qué oportunidades se darían?Otorgar un aumento nominal fijo de 3 % al 1 de enero de 2021, aumento que en los sectores más afectados podrá diferirse para el mes de abril de 2021. Se considerarán sectores más afectados a los que a noviembre de 2020 registren un número de cotizantes igual o inferior al 90 % de los cotizantes al mes de noviembre de 2019 (con caída de empleo o cotizantes igual al 10 % Inter anual). Además se propone un correctivo final nominal equivalente a la inflación en el año móvil descontando el aumento salarial otorgado en el periodo y la caída del PBI promedio en el año 2020.

En la medida que las condiciones económicas futuras lo permitan, se anuncia que la pérdida del poder adquisitivo que se verifique al finalizar la Octava Ronda se recuperaría en las posteriores rondas de negociación salarial.

8. Otros compromisos anunciadosEl Poder Ejecutivo finalmente anunció su compromiso a instalar un diálogo social por el empleo e impulsar nuevas medidas de incentivo al empleo.

Otras noticias de interés
01
33