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Nuevas medidas preventivas para evitar el contagio y propagación del Covid-19 en el ámbito laboral

Publication date:
April 01, 2020 - 06:52 pm

En el día de hoy se hizo pública una Resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (“MTSS”), consensuada en el ámbito del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (“CONASSAT”), por medio de la cual se actualiza el protocolo de prevención para evitar el contagio y propagación del Covid-19 adoptado en anterior Resolución de fecha 13 de marzo de 2020. Para ver dicha resolución, haga click aquí.

En este sentido, se resolvió ampliar las medidas preventivas y de actuación a adoptar por las empresas, ante eventuales afectaciones a la salud en el ámbito de trabajo, redactando un protocolo de prevención y actuación en el ámbito de la Comisión Bipartita de Seguridad y, en caso de existir, de los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo, con el siguiente contenido mínimo:

  • detallar mecanismos de comunicación a los trabajadores, colocando en lugares visibles y/o distribuyendo material con la descripción de los síntomas, características y riesgos de la enfermedad;

  • la provisión de material de higiene necesario para cumplir medidas de control, prevención y actuación, como ser alcohol, jabón, alcohol en gel en lugares visibles y medios de protección personal, especialmente guantes en aquellas actividades en que los empleados estén en contacto directo con el público, y mascarillas únicamente cuando se esté en contacto con alguien de quien se sospeche se encuentra infectado o manifiesta tos o estornudo o exista contacto cercano y frecuente con personas;

  • asegurar que los lugares y equipos de trabajo (escritorios, picaportes, pasamanos, teléfonos, teclados, secadores de mano, equipos de aire acondicionado y ventilación) se encuentran en adecuadas condiciones de limpieza,  higiene y mantenimiento;

  • indicar al personal que los artículos de uso personal (mate, botellas, cubiertos, vajilla) deben ser de uso exclusivo y no deben compartirse, así como promover el lavado e higienización frecuente de manos;

  • colocar cartelería visible sobre las medidas de higiene respiratoria, esto es indicar que al toser o estornudar el empleado se debe cubrir la boca y la nariz con el pliegue del codo o con un pañuelo descartable;

  • organizar  el trabajo, de forma que entre trabajadores y/o con el público exista una distancia no inferior a un metro y medio; y que no existan concentraciones de personas, procurando limitarlo al mínimo posible;

  • establecer los mecanismos de acción ante la aparición de un trabajador con síntomas de la enfermedad, dando cuenta a los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo o servicio médico que corresponda al empleado, adopción rápida de medidas de control al resto de los trabajadores que estuvieron en contacto con el eventual infectado, prever las circunstancias de hecho que se generen por la imposibilidad de concurrir a trabajar del infectado o presunto infectado.

Finalmente, se señala que cuando los empleados presenten síntomas respiratorios deben permanecer en su domicilio y consultar con su prestador de salud, quien en definitiva resolverá si corresponde una certificación médica. De esto, el trabajador deberá dar cuenta a su superior inmediato y a los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo o médico de la empresa.

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