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Se extiende el subsidio por desempleo especial para trabajadores mensuales hasta el 31 de julio de 2020

Publication date:
June 12, 2020 - 02:49 pm

Por resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 10 de junio pasado, se resolvió extender la vigencia del subsidio por desempleo especial parcial para trabajadores mensuales hasta el 31 de julio de 2020.

Este subsidio fue creado en marzo pasado como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria. El mismo permite que los trabajadores mensuales puedan ser enviados a un subsidio por suspensión parcial de actividad, pudiéndolo acceder en caso de no trabajar una fracción del mes (mínimo reducción de 6 días y un máximo de 19 jornales al mes, medidos en base de 25 días por mes) o menos horario (mínimo de reducción del 50% de su horario al menos durante 6 días también en base de 25 días por mes).

El monto del subsidio pago por el BPS es de un 25% del promedio mensual de las remuneraciones nominales computables percibidas en los últimos 6 meses, calculado en forma proporcional al período de amparo al subsidio. Adicionalmente el empleado cobrara de la empresa los días u horas que efectivamente trabaje en el mes. Lo que perciba el empleado, sumando el subsidio y el sueldo de su empleador, no será inferior al 75% del promedio de las remuneraciones mensuales percibidas en los últimos seis meses.  En todos los casos rigen los topes del subsidio general que podrán ser prorrateados.

La normativa aclara que este régimen es opcional y no sustituye al general. Asimismo, para acceder al régimen especial los trabajadores tienen que haber generado derecho al subsidio por desempleo por el régimen general, con la única excepción de que podrán ingresar al régimen especial trabajadores que hayan agotado la cobertura del régimen general de subsidio por desempleo (ya sea por suspensión como por despido).

Por otra parte, les recordamos que en el mes de julio vencerá el plazo de amparo máximo de 4 meses previsto para el subsidio por desempleo por suspensión total, respecto de aquellos trabajadores que están en ese subsidio desde el pasado mes de marzo. En aquellos casos que se entienda que es necesario la continuidad en el subsidio se deberá gestionar una solicitud de prórroga ante el Poder Ejecutivo.

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