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Nueva prórroga de vencimientos y otorgamiento de régimen especial de pagos a ciertos contribuyentes

Fecha de publicación:
22 de Mayo 2020 - 12:23 hs
     

En el día de ayer, en el marco de la emergencia nacional sanitaria originada por el COVID 19, DGI resolvió nuevamente prorrogar los vencimientos de pago de ciertas obligaciones tributarias, a través de la Resolución 898/2020.

Mediante dicha Resolución, se estableció un régimen especial de pago que alcanza a los contribuyentes incluidos en el grupo NO CEDE y CEDE (se excluyen expresamente los gestionados por la División de Grandes Contribuyentes) de acuerdo a lo expuesto en el siguiente cuadro. Para acceder al cuadro haga click aquí.

(*) A efectos de determinar las ventas, servicios y demás rentas brutas gravadas que hayan originado rentas gravadas en el ejercicio fiscal anterior, se deberá considerar la cotización de la Unidad Indexada (UI) al cierre del ejercicio fiscal correspondiente.

Asimismo, se da la posibilidad a los contribuyentes de IRPF que obtengan rentas por la prestación de servicios personales fuera de la relación de dependencia y a los contribuyentes incluidos en el literal E) del artículo 52 del Título 4, de diferir el pago de las siguientes obligaciones. Para acceder al cuadro haga click aquí.

Se ha estipulado además que los plazos establecidos en los cuadros, vencerán en cada mes conforme a las fechas previstas en el cuadro general de vencimientos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de cada sujeto pasivo.

Para acceder al texto completo de la Resolución 898/2020, haga click aquí.

Si requiere mayor información, no dude en contactarnos.

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